Argentina

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Ley de Mecenazgo.

10 de marzo de 2011

Interesante para ayudar

Los contribuyentes inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, ya sean personas físicas o jurídicas, pueden acogerse al Régimen de Promoción Cutural de la CABA, a partir de la sanción de la ley 2264/2006, por el cual las contribuciones realizadas pueden ser descontadas de dichas obligaciones impositivas.

En un trabajo articulado entre el Ministerio de Cultura y la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, esta última ha desarrollado una ventanilla virtual para que los contribuyentes puedan crear on line su declaración, y generar una boleta de depósito que se efectiviza en cualquier sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
Los contribuyentes deben estar correctamente inscriptos y sus datos serán validados durante el circuito on line, pudiendo luego seleccionar un proyecto dentro de un listado habilitado por Cultura, y el monto de la contribución a depositar.

Para conocer el contenido de la Ley de Mecenazgo puede consultar el Boletín Oficial en www.buenosaires.gov.ar.
Votamos para que Ud. pueda ayudar a www.cicale.org.ar  E-mail: info@cicale.org.ar
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