Argentina
12 de abril de 2013
Incendios y Planes de emergencia
El sector de la hostelería cuenta en nuestro país con un gran número de trabajadores distribuidos en bares,cafeterías, restaurantes, hoteles, empresas de catering, chiringuitos, colectividades que gestionan el servicio de comedor en instalaciones de colegios, empresas, hospitales, etc.
La contratación temporal de personal poco cualificado, la limitada duración del trabajo (a veces, sólo una estación al año), las actividades compartidas, la complejidad de los procesos de mantenimiento de las instalaciones y la complejidad en la prestación de los servicios al cliente son características del sector que pueden contribuir al aumento de los riesgos laborales.
Por este motivo, iniciamos con este número, y con el tema: Incendios y planes de emergencia, una serie de Notas prácticas relacionadas con la hostelería. En próximos números trataremos otros temas del sector, como los riesgos a los que pueden estar expuestos el personal de cocina, limpieza, mantenimiento, etc.
La aparición de una situación de emergencia causada por un incendio en un hotel puede tener consecuencias graves o incluso catastróficas si previamente no se ha previsto tal evento ni se han diseñado medidas de prevención para evitar la aparición de siniestros o medidas de protección complementarias encaminadas a minimizar las consecuencias humanas y materiales que éstos pudieran provocar.
A continuación enumeramos las principales medidas preventivas relacionadas con el riesgo de incendio, así como las normas básicas para implantar un plan de emergencia en un establecimiento hotelero.
INCENDIOS
Mantener el orden y la limpieza en los locales donde existan focos de calor, como cocinas y cuarto de calderas, evitando la acumulación de materiales, como las grasas en las campanas extractoras de las cocinas.
Mantener un sistema de limpieza de papeleras, ceniceros y otros recipientes.
Disponer en los lugares de trabajo de las cantidades estrictamente necesarias de productos químicos que contengan sustancias inflamables.
Si se compran productos químicos inflamables en cantidades importantes, se dispondrá de un recintoin dependiente y con la adecuada resistencia al fuego para almacenarlos y se establecerá la prohibición de fumar y el control de cualquier foco de ignición en esas zonas.
Los extintores deben ser adecuados al tipo de fuego previsible, serán suficientes en número para que el recorrido real en cada planta desde cualquier origen de evacuación hasta un extintor no supere los 15 m, estarán bien ubicados, se revisarán periódicamente y se formará a los trabajadores en su correcto uso. Cada extintor tendrá una eficacia como mínimo 21 A-113 B.
Si la instalación hotelera esde gran tamaño (superficie superior a 1.000 m2 o prevista para alojar a más de 50 personas) deberá disponer de bocas de incendio equipadas.
Si la superficie del hotel es superior a 500 m2, se dispondrán detectores de humo en las habitaciones y en los pasillos. Cuando la altura de evacuación sea mayor de 28 m, se instalarán pulsadores manuales en los pasillos y los equipos de control y señalización contarán con un dispositivo que permita la activación manual y automática de los sistemas de alarma. La activación automática de los sistemas de alarma deberá poder graduarse de forma tal que tenga lugar, como máximo, cinco minutos después de la activación de un detector o de un pulsador.
Estarán dotados de una instalación de rociadores automáticos de agua los hoteles cuya altura de evacuación exceda de 28 m.
Los materiales utilizados como revestimiento o acabado superficial en las habitaciones destinadas a alojamiento tendrán una clasificación igual o más favorable que M3, en el caso de suelos, y que M2 en paredes y techos. Los cortinajes y otros elementos suspendidos de decoración tendrán una clase M1, siendo M1 combustible pero no inflamable y M2 y M3 de inflamabilidad moderada y media, respectivamente.
Los hoteles con superficies entre 2.000m2 y 10.000m2 deben contar con la instalación de, al menos, un hidrante.
Se consideran locales y zonas de riesgo alto las lavanderías, cuando tengan una superficie mayor de 200 m2 , y las cocinas, almacenes anejos, roperos y custodia de equipajes, cuando la superficie sea mayor de 100 m2. Los locales y zonas de riesgo medio son las lavanderías y los vestuarios del personal de servicio, cuando su superficie sea mayor de 100 m2 y los roperos y custodia de equipajes, cuando su superficie sea mayor de 20 m2. Serán locales y zonas de riesgo bajo las lavanderías y los vestuarios del personal de servicio, cuando la superficie sea mayor de 20 m2.
La instalación eléctrica debe estar correctamente dimensionada y se debe disponer en los cuadros de acometida (general, por planta, etc.) de elementos de corte (magneto térmico, fusibles calibrados, etc.).
PLANES DE EMERGENCIA
Para su redacción e implantación se recomienda seguir las directrices de la Orden del 29/11/84, citada en el apartado de Legislación. En su redacción e implantación se tendrán especialmente en cuenta aquellos aspectos relacionados con la evacuación del hotel. Destacamos los siguientes puntos:
Se deberá garantizar una rápida detección humana o automática.
La transmisión de la alarma deberá ser rápida y fiable. Debe llegar a todas las dependencias y se verificará que no haya zonas sordas y, preferiblemente, la alarma se transmitirá a través de la megafonía.
Las vías de evacuación deben ser suficientes, estar correctamente dimensionadas, adecuadamente distribuidas, libres de obstáculos y fácilmente localizables
(paneles de señalización, además de alumbrados especiales).
En zonas de alojamiento, la longitud de evacuación desde todo origen de evacuación hasta alguna salida será inferior a 35 m.
En zonas de alojamiento, la longitud del recorrido de evacuación desde todo origen de evacuación hasta algún punto, desde el que partan al menos dos recorridos alternativos hacia sendas salidas, no será mayor de 15 m.
Deberán existir planos de localización en habitaciones y en áreas comunes del hotel.
Los equipos de alarma y evacuación deben verificar la total evacuación de la planta o zona que tengan asignada.